El presente Reglamento General tiene por objeto instrumentar la aplicación de las normas contenidas en la Ley Orgánica de Educación Intercultural, con la finalidad de alcanzar los objetivos previstos constitucionalmente para el Sistema Nacional de Educación. Las disposiciones contempladas en este instrumento son de acatamiento obligatorio para las entidades, organismos, instituciones y demás actores que integran la comunidad educativa y que articulan el Sistema Nacional de Educación.
Para el adecuado ejercicio de sus competencias, la Autoridad Educativa Nacional observará los siguientes enfoques mínimos en el diseño e implementación de la política educativa nacional:
Inclusión educativa: Implica reconocer la diversidad de las personas, nacionalidades indígenas y pueblos, diferencias individuales y colectivas, como una oportunidad para el enriquecimiento de la sociedad, a través de su participación e interacción en las dimensiones familiar, social, educativa, laboral, en todos los procesos sociales, culturales y en las comunidades. Además, procura la eliminación de barreras para garantizar una educación de calidad con calidez que atienda a la diversidad, a través del acceso, permanencia, aprendizaje, participación, promoción y culminación de todos las niñas, niños, adolescentes y personas jóvenes, adultas y adultas mayores en todos los servicios, programas, modalidades, sostenimientos, jornadas y niveles educativos a nivel nacional.
Educación a lo largo de la vida: Implica reconocer que la educación será dirigida y garantizada a todas las personas en todas las edades y en cualquier circunstancia o contexto de la vida. Se implementa en los tipos de educación (formal, no formal e informal) y sus diversas modalidades (presencial, semipresencial, a distancia y virtual). Para su desarrollo y promoción se debe partir de enfoques holísticos, integradores e inclusivos que garanticen oportunidades de aprendizaje para la vida. La educación para personas con escolaridad inconclusa o personas jóvenes y adultas, en este enfoque, contempla además el desarrollo de capacidades para la vida y el trabajo en beneficio del estudiante y la sociedad.
Educación para el desarrollo sostenible: Implica el abordaje del Desarrollo Sostenible de modo que permita al estudiantado, de todas las edades, adquirir competencias, conocimientos, valores, motivaciones, compromisos y mecanismos que permitan enfrentar los desafíos locales y globales, como el cambio climático, la degradación medioambiental, la pérdida de la biodiversidad, entre otros, promoviendo la educación para la sostenibilidad en los procesos de enseñanza-aprendizaje en las instituciones educativas.